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Calculadora de plusvalía municipal (estimación Madrid)

Usa esta herramienta para obtener una estimación orientativa del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Nota: cálculo orientativo con coeficientes máximos estatales de referencia. El Ayuntamiento de Madrid puede aplicar coeficientes o bonificaciones concretas según fecha, uso del inmueble y parentesco.

Cómo hacer el cálculo de plusvalía en el Ayuntamiento de Madrid

Cuando se transmite una vivienda, local o terreno urbano en Madrid, puede surgir la obligación de pagar la plusvalía municipal. Este impuesto grava el incremento de valor del suelo durante el tiempo en que has sido propietario.

Desde la reforma del impuesto, existen dos sistemas de cálculo: método objetivo y método real. Como contribuyente puedes aplicar el que resulte más favorable, siempre que cumplas los requisitos.

1) Método objetivo

Se toma el valor catastral del suelo y se multiplica por un coeficiente que depende del periodo de tenencia. Después, a la base resultante se le aplica el tipo impositivo municipal (en Madrid, habitualmente 29%, salvo cambios normativos).

  • Base objetiva = valor catastral del suelo × coeficiente × porcentaje de titularidad
  • Cuota = base × tipo impositivo

2) Método real

Se parte de la ganancia real obtenida en la transmisión y se calcula la parte atribuible al suelo según la proporción catastral suelo/total.

  • Ganancia total = (valor transmisión - gastos transmisión) - (valor adquisición + gastos adquisición)
  • Base real suelo = ganancia total × (valor catastral suelo / valor catastral total) × titularidad

Si no existe incremento real de valor, en principio no procede pagar plusvalía.

Datos que necesitas antes de presentar la autoliquidación

  • Escritura de compra y escritura de venta (o documento sucesorio).
  • Recibo del IBI con valor catastral del suelo y valor catastral total.
  • Fechas exactas de adquisición y transmisión.
  • Justificantes de gastos e impuestos asociados.
  • Porcentaje de titularidad de cada transmitente.

Ejemplo rápido

Supón una vivienda con valor catastral del suelo de 80.000 €, mantenida 8 años, y tipo impositivo del 29%. El método objetivo aplicará un coeficiente según tramo temporal. Si la base objetiva sale 8.000 €, la cuota estimada sería 2.320 € antes de bonificaciones.

Si el método real arroja una base inferior, puedes solicitar ese método para pagar menos.

Bonificaciones habituales en Madrid

En transmisiones por herencia pueden existir bonificaciones relevantes (por ejemplo, entre determinados familiares y con condiciones sobre vivienda habitual). La cuantía exacta depende de la ordenanza vigente y de las circunstancias del inmueble.

  • Revisa parentesco y grado de consanguinidad.
  • Comprueba si la vivienda era habitual del causante.
  • Verifica límites temporales de mantenimiento y solicitud.

Plazos y recomendaciones

Plazos generales orientativos

  • Compraventas y donaciones: normalmente 30 días hábiles desde la transmisión.
  • Herencias: normalmente 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable en ciertos casos).

Errores frecuentes

  • Usar valor catastral total en lugar de valor catastral del suelo para el método objetivo.
  • No incluir el porcentaje de titularidad correcto.
  • No comparar método objetivo y método real.
  • No aplicar bonificaciones por desconocimiento.

Importante: esta página es informativa y no sustituye la comprobación oficial del Ayuntamiento de Madrid ni el asesoramiento profesional fiscal o jurídico.

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