Calculadora de indemnización por cancelación de vuelo (UE261)
Introduce los datos de tu caso para obtener una estimación rápida de la compensación económica por cancelación.
¿Cómo se calcula la indemnización por cancelación de vuelo?
En Europa, la referencia principal es el Reglamento (CE) 261/2004, también conocido como UE261. Esta norma fija importes cerrados de compensación económica cuando una aerolínea cancela un vuelo y no concurre una causa extraordinaria.
La cantidad depende sobre todo de la distancia y del tipo de ruta. No se calcula por el precio del billete, sino por tramos legales.
Importes orientativos de compensación
- 250 € para vuelos de hasta 1.500 km.
- 400 € para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y para otros vuelos entre 1.500 y 3.500 km.
- 600 € para vuelos de más de 3.500 km no intracomunitarios.
Cuándo sí y cuándo no corresponde compensación
Normalmente sí corresponde
- Si te avisan con menos de 14 días de antelación.
- Si no hay circunstancias extraordinarias demostrables.
- Si el vuelo entra en el ámbito de aplicación del reglamento (salida de la UE o llegada a la UE con aerolínea de la UE).
Puede no corresponder
- Si te avisaron con 14 días o más de antelación.
- Si aceptaste una alternativa en ciertos márgenes de tiempo permitidos por la norma.
- Si la aerolínea prueba una circunstancia extraordinaria real y ajena a su control.
Reducción del 50% en algunos casos
La indemnización puede reducirse a la mitad cuando la aerolínea ofrece reubicación y la llegada al destino final se produce con un retraso limitado:
- Hasta 2 horas para vuelos de hasta 1.500 km.
- Hasta 3 horas para vuelos de 1.500 a 3.500 km (y ciertos intracomunitarios).
- Hasta 4 horas para vuelos de más de 3.500 km.
Diferencia entre indemnización, reembolso y asistencia
Son derechos distintos y compatibles en muchos casos:
- Indemnización: cantidad fija (250/400/600 €) por la molestia causada.
- Reembolso o transporte alternativo: devolución del billete o nueva ruta al destino.
- Asistencia: comida, bebida, hotel y transporte cuando sea necesario.
Documentación recomendada para reclamar
- Tarjeta de embarque o confirmación de reserva.
- Comunicaciones de cancelación (email, SMS, app).
- Factura de gastos adicionales (hotel, transporte, comida).
- Pruebas de horarios reales de salida y llegada.
Consejos prácticos para reclamar con éxito
1) Reclama primero a la aerolínea
Presenta una reclamación formal con datos del vuelo, fecha, número de reserva y solicitud concreta de compensación. Guarda siempre copia de todo.
2) Sé preciso con fechas y horas
Los umbrales de 14 días, 7 días y retraso de llegada son decisivos. Un dato incorrecto puede cambiar totalmente el resultado.
3) Si no responden, escala la reclamación
En España, puedes acudir a AESA (si procede) o a vías de consumo/judiciales según el caso. Una reclamación bien documentada suele acelerar la resolución.
Preguntas frecuentes
¿Si acepté un bono pierdo el derecho?
Depende de cómo se haya aceptado y de las condiciones. En muchos casos, el derecho a compensación económica puede seguir existiendo.
¿Una huelga siempre es causa extraordinaria?
No siempre. Algunas huelgas internas de personal de la propia aerolínea pueden no eximir del pago según la jurisprudencia europea.
¿Puedo reclamar además daños extra?
En ciertos supuestos, sí, pero por vías distintas y con prueba del daño adicional. La indemnización UE261 no cubre automáticamente todos los perjuicios.
Aviso: esta calculadora ofrece una estimación orientativa y no sustituye asesoramiento legal profesional.