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Calculadora de indemnización por ERE

Calcula una estimación rápida de la indemnización legal (o pactada) según salario, antigüedad y límites.

En España suele ser 12 o 14.
Para ERE por causas objetivas, el mínimo legal habitual es 20 días/año.
En despido objetivo por ERE, el límite legal general es 12 mensualidades.

Cómo se hace el cálculo de despido por ERE

Cuando una empresa aplica un ERE (Expediente de Regulación de Empleo), la indemnización depende del tipo de extinción, del salario regulador, de la antigüedad y de los límites legales o pactados. En el supuesto más frecuente de despido colectivo por causas objetivas, la referencia habitual es 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

Esta calculadora te da una estimación orientativa. Es útil para hacer una primera revisión antes de firmar documentación o negociar un acuerdo individual dentro del proceso colectivo.

Fórmula base de la indemnización

1) Salario diario regulador

Para obtener el salario diario se usa normalmente el salario bruto anual entre 365 días:

  • Si NO hay prorrata: salario anual = salario mensual × número de pagas.
  • Si SÍ hay prorrata: salario anual = salario mensual × 12.

2) Días indemnizatorios por antigüedad

Se multiplican los días de indemnización por año (por ejemplo, 20) por los años trabajados en la empresa, incluyendo la parte proporcional de meses o días.

3) Importe bruto resultante

Indemnización bruta = salario diario × días indemnizatorios totales.

4) Aplicación del tope legal o pactado

Al resultado anterior se le aplica el límite de mensualidades que corresponda. Si el cálculo supera el tope, se cobra el tope.

Ejemplo rápido

Imagina:

  • Salario bruto mensual: 2.000 €
  • Pagas: 14
  • Antigüedad: 8 años
  • ERE objetivo: 20 días/año, tope 12 mensualidades

Con estos datos, primero se calcula salario anual y diario. Después se obtienen los días indemnizatorios (8 × 20 = 160 días). Se multiplica por salario diario y, finalmente, se comprueba si excede el límite de 12 mensualidades. Si lo excede, se ajusta al tope.

Qué incluye y qué no incluye la indemnización

La indemnización es una cosa; el finiquito es otra

Es muy importante distinguir ambos conceptos:

  • Indemnización: compensación por la extinción del contrato.
  • Finiquito: cantidades pendientes (días trabajados del mes, vacaciones no disfrutadas, pagas devengadas, pluses pendientes, etc.).

En la práctica, al extinguirse la relación laboral puedes tener derecho a ambos importes.

Factores que pueden cambiar el resultado

  • Acuerdo colectivo superior al mínimo legal: en algunos ERE se pactan mejoras (más días/año, primas por edad, lineales, convenios especiales).
  • Conceptos salariales variables: comisiones, incentivos o pluses pueden alterar el salario regulador.
  • Jornada parcial o reducciones: afecta al salario base usado en el cálculo.
  • Fechas exactas: unos días de diferencia pueden modificar el tramo proporcional.
  • Impugnación del despido: si se declara improcedente o nulo, cambian las consecuencias económicas.

Fiscalidad básica de la indemnización por despido

Con carácter general, la indemnización obligatoria establecida por ley puede estar exenta de IRPF hasta los límites legales vigentes, mientras que los excesos sobre ese mínimo o determinadas mejoras pueden tributar. La casuística fiscal depende de cada situación concreta, por lo que conviene revisar certificados de empresa y asesoramiento tributario antes de la declaración.

Documentación recomendada para revisar tu cálculo

  • Contrato de trabajo y anexos.
  • Nóminas recientes y certificado de retribuciones variables.
  • Carta de despido y comunicación colectiva del ERE.
  • Acta del periodo de consultas (si existe acuerdo).
  • Propuesta de liquidación, saldo y finiquito.

Preguntas frecuentes

¿Siempre son 20 días por año en un ERE?

No siempre. Es la referencia mínima legal habitual en despido colectivo objetivo, pero puede haber mejoras pactadas en negociación colectiva.

¿La antigüedad cuenta desde el primer contrato temporal?

En muchos casos sí, especialmente cuando ha habido continuidad real en la prestación de servicios. Debe analizarse historial contractual completo.

¿Puedo negociar más indemnización?

Sí, dependiendo del acuerdo del ERE, del puesto, la edad, la situación del centro de trabajo y la estrategia de salida.

Esta calculadora es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para una liquidación definitiva de despido por ERE, consulta a un graduado social, abogado laboralista o representante sindical con toda tu documentación.

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