calculo indemnizacion despido consejo general poder judicial

Calculadora de indemnización por despido

Herramienta orientativa basada en criterios habituales del Estatuto de los Trabajadores y doctrina judicial. Úsala para una estimación rápida.

Aviso legal: esta calculadora no sustituye asesoramiento profesional. El resultado puede variar por convenio, conceptos salariales, periodos de tiempo concretos y jurisprudencia aplicable.

Guía práctica: cálculo de indemnización por despido y referencia al CGPJ

Cuando alguien busca “calculo indemnizacion despido consejo general poder judicial”, normalmente quiere una respuesta fiable, cercana a los criterios que siguen los juzgados de lo social. Es importante aclarar que, de forma general, no existe una calculadora oficial única del CGPJ para todos los casos, pero sí puedes apoyarte en criterios legales y jurisprudenciales que se consultan en bases jurídicas y resoluciones judiciales (incluyendo publicaciones del entorno judicial y del Tribunal Supremo).

1) Qué se necesita para calcular correctamente

Antes de hacer números, hay que reunir estos datos:

  • Fecha de inicio de la relación laboral.
  • Fecha efectiva del despido o fin de contrato.
  • Salario regulador (normalmente salario anual dividido entre 365).
  • Tipo de despido (improcedente, objetivo, etc.).
  • Convenio aplicable y posibles mejoras pactadas.
  • Conceptos pendientes: vacaciones no disfrutadas, pagas extra no prorrateadas, horas extra devengadas, etc.

2) Regla básica del salario diario

En términos generales, para estimaciones se utiliza:

Salario diario = (salario mensual × número de pagas) / 365

Si una persona cobra 1.800 € en 14 pagas, su salario anual es 25.200 €, y su salario diario aproximado es 69,04 €.

3) Días por año según tipo de despido

  • Improcedente: 33 días por año trabajado, con tope general de 24 mensualidades (con reglas transitorias si hay antigüedad previa a 12/02/2012).
  • Objetivo / colectivo: 20 días por año, con tope de 12 mensualidades.
  • Fin de contrato temporal: 12 días por año (según modalidad y normativa aplicable).
  • Procedente: en principio, sin indemnización de despido.
  • Nulo: suele implicar readmisión y salarios de tramitación, no una indemnización estándar cerrada como en improcedente.

Caso especial del despido improcedente con antigüedad anterior a 2012

Uno de los puntos más importantes en la práctica judicial es la regla transitoria de la reforma laboral de 2012:

  • Tramo hasta 12/02/2012: 45 días por año.
  • Tramo posterior: 33 días por año.
  • Tope general: 720 días de salario (24 mensualidades).
  • Excepción: si solo el tramo anterior ya supera 720 días, puede mantenerse ese importe con límite máximo de 42 mensualidades.

La calculadora de esta página contempla esta lógica de forma automática cuando eliges “despido improcedente”.

Ejemplo orientativo rápido

Imagina este caso:

  • Inicio: 01/03/2016
  • Fin: 01/03/2026
  • Salario: 2.000 € mensuales en 14 pagas
  • Tipo: improcedente

Antigüedad aproximada: 10 años. Días indemnizatorios aproximados: 330 días (33 × 10). Si el salario diario ronda 76,71 €, la indemnización orientativa sería cerca de 25.314 € (antes de revisar particularidades del caso).

Errores frecuentes al calcular indemnización

  • No incluir correctamente pagas extra en el salario regulador.
  • Calcular antigüedad con fechas inexactas o sin contemplar subrogaciones.
  • Confundir indemnización con finiquito (son conceptos diferentes).
  • No aplicar topes de mensualidades.
  • Ignorar mejoras del convenio colectivo o pactos individuales.

Diferencia entre indemnización y finiquito

Indemnización

Compensa la extinción del contrato cuando la ley lo prevé (por ejemplo, objetivo o improcedente).

Finiquito

Liquida cantidades ya generadas: salario del mes en curso, vacaciones pendientes, parte proporcional de pagas extra, pluses pendientes, etc. Puedes tener finiquito incluso si no hay indemnización (por ejemplo, en un despido procedente).

Qué hacer si no estás de acuerdo con el cálculo

  • Solicita carta de despido, nóminas y certificado de empresa.
  • Revisa el cálculo con graduado social, abogado laboralista o sindicato.
  • Presenta papeleta de conciliación dentro de plazo (habitualmente 20 días hábiles para impugnar despido).
  • Si no hay acuerdo, acude a la vía judicial social.

Conclusión

El “calculo indemnizacion despido consejo general poder judicial” se apoya en reglas legales claras, pero la cifra final depende de muchos matices. Esta calculadora te da una estimación útil para orientarte, preparar una negociación o detectar errores básicos. Para una reclamación formal o una demanda, conviene revisar el caso completo con asesoramiento laboral especializado.

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